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miércoles, octubre 21, 2015

MULTA EN ZONA AZUL

Las infracciones de la zona azul no son multas sino denuncias efectuadas por los trabajadores encargados de estas áreas.


Fuente: andaluciainformacion.es


En el caso de no poner el ticket en zona azul o haber transcurrido el tiempo de su validez sin poner otro, el documento que encontramos en el vehículo cuando vamos a recogerlo, no es una multa sino una denuncia efectuada por alguien, en la que se nos imputa el haber cometido una determinada infracción (aparcar el vehículo en zona de estacionamiento limitado sin poner el ticket). Por lo tanto, no tendríamos qué pagar nada, únicamente nos están denunciando no sancionando.

Las empresas dedicadas a ello están en su pleno derecho de denunciar a un conductor que ha estacionado su vehículo fuera de hora en las zonas designadas para este efecto. En este tipo de multas, ya emitidas por la Administración por un instructor, aparece el denunciante en este caso, la empresa dedicada a regular las zonas de aparcamiento. Otra cosa sería que en dicha denuncia la cual se nos notifica, incluya el número de identificación de un agente de policía. Eso sería denunciable por fraude, pero hay que tener en cuenta que esto es más mito que otra cosa, ya que no ocurre.

Nada tiene que ver pagar el impuesto de circulación con aparcar en las zonas reguladas. Los ayuntamientos deciden regular el aparcamiento en ciertas zonas de la ciudad, normalmente el centro de la misma, y esto lo regula una empresa privada, pero el hecho de que abonemos dicho gravamen no nos exime de pagar por aparcar en estas zonas.

Es cierto que los agentes de policía, sobre el resto de individuos, gozan de presunción de veracidad ante un hecho porque se entiende que son objetivos. Por ello, una multa de aparcamiento impuesta por un agente proviene de una autoridad sancionadora. En el caso de las empresas de estacionamiento regulado, éstas no disfrutan de dicha autoridad: son meros denunciantes y respecto al conductor están en igualdad de condiciones ante la Ley.

Esto quiere decir que si recurrimos este tipo de multas siempre estaremos en igualdad de condiciones ante la autoridad, ya que es nuestra palabra contra la suya, y lo que no puede hacer el Ayuntamiento es otorgar de forma automática a estas empresas la presunción de veracidad. Algo que sí se está haciendo por parte de las administraciones.

Es ahí donde un conductor denunciado por pasarse de hora está en pleno derecho de solicitar pruebas al denunciante de que ha cometido una infracción  y, a su vez, de mostrar pruebas que desmientan la denuncia. Es decir, los ayuntamientos deberían analizar cada caso para este tipo de denuncias.




Miryam Moya 
Técnico en Conservación y Explotación de Carreteras.
Máster en Tráfico, Seguridad Vial y Movimiento.
Perito Judicial.
http://www.miryammoya-perito-judicial.com/

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